PRONUNCIAMIENTO: Sobre el futuro Código de la Niñez
La Convención sobre los Derechos del Niño constituye un hito en la historia de la humanidad, porque reconoce por primera vez los derechos humanos de los millones de niños, niñas y adolescentes en el mundo.
El Perú tiene el privilegio de que un peruano, el Embajador Javier Pérez de Cuéllar, entonces Secretario General de las Naciones Unidas, fuera el primero en firmar este tratado internacional. Un año después, en 1990, el país fue uno de los 20 primeros en ratificarlo.
Al conmemorarse, este jueves 20 de noviembre, el 25 aniversario de la CDN, UNICEF saluda y felicita al Congreso y al gobierno del Perú por su interés en actualizar el Código de la Niñez promulgado en 1992 con la finalidad de adecuar la legislación nacional a lo establecido por este tratado internacional de derechos. Siempre en la línea de facilitar el cumplimiento de la CDN, en el año 2000 Perú modificó esta norma.
En el 2006, el Comité Internacional que vigila la implementación de la Convención por los Estados Partes recomendó al Perú aprobar una nueva versión del referido código tomando en cuenta las normas y estándares internacionales.
Desde entonces los parlamentarios peruanos vienen trabajando en la formulación del nuevo código. Entendemos que, luego de varios años de estudio, el Congreso de la República está acercándose a un debate en el pleno sobre esta nueva herramienta jurídica.
Es en este contexto que UNICEF pide al Perú y a sus decisores políticos tomar en cuenta las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo. El debate público será importante para que el nuevo Código incorpore todos los estándares de derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, las Recomendaciones del Comité de Derechos del Niño y del Estudio del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños.
UNICEF también considera que entre los temas centrales que el nuevo texto debe incluir está la prohibición expresa del castigo físico y humillante como mecanismo de corrección o forma de disciplina, en todos los entornos donde se desarrolla la vida de los niños, niñas y adolescentes.
Los estándares internacionales de derechos humanos no son estáticos, son un instrumento vivo que permite a la comunidad internacional mejorar los marcos legales y las políticas de garantía de derechos. Por eso, es importante que el nuevo Código peruano tome en cuenta el avance de los estándares internacionales en algunas materias concretas como el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir con su familia y a una vida familiar y las garantías de acceso a la justicia para niños, niñas y adolescentes.
Considerando el principio de “no regresividad de los derechos humanos”, es también importante asegurar que no se den retrocesos en materias relativas al sistema de responsabilidad penal de los adolescentes. Se debe desestimar la posibilidad de aumentar las penas o disminuir la edad de responsabilidad penal. Retroceder en lo avanzado desvirtuaría el enfoque socioeducativo de estos sistemas y atentaría contra los principios de la CDN.
El nuevo Código debe garantizar plenamente y sin condiciones el derecho a la participación de todos los niños, niñas y adolescentes en los asuntos que les afecten, el uso de un lenguaje inclusivo que visibilice a las niñas y el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva para adolescentes.
Si se da el debate y se toman en cuenta estos factores, Perú se colocará en la vanguardia de la región y concretará en el plano legislativo el firme compromiso del Estado Peruano de seguir garantizar los derechos de su infancia como se evidencia en los significativos avances logrados durante los últimos 25 años en las áreas de supervivencia, desarrollo, protección y participación.
Finalmente, UNICEF reafirma su compromiso con el Estado Peruano para contribuir a los esfuerzos nacionales que aseguren que todos los niños, niñas y adolescentes tengan la posibilidad de ejercer todos sus derechos y desarrollar todo su potencial.
Lima, 19 de noviembre del 2014
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UNICEF promueve los derechos las niñas, los niños y adolescentes, y la creación de oportunidades equitativas para que cada uno de ellos, sin distinción de género, etnia, lugar de residencia, condición de vida o de cualquier otra índole, pueda desarrollar plenamente su potencial.
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