La rectoría del Estado la protección de la niñez privada de un entorno familiar.
Las niñas y niños de Honduras
La protección y cuidado integral de la niñez constituye una obligación prioritaria del Estado conforme la Constitución, las leyes nacionales y los tratados internacionales, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño, que forman parte del ordenamiento legal del país.
Según las últimas cifras del Censo, más de un tercio de los hondureños (36.5%) son personas menores de 18 años que requieren de la protección integral del Estado para garantizar sus derechos. Un número considerablemente alto de niños, niñas y adolescentes viven situaciones de violencia sexual, física y psicológica, así como actos de negligencia y abandono parental dadas las condiciones de pobreza, violencia e insatisfacción de necesidades básicas en el país. Si bien no es posible dimensionar cuantos niños se encuentran actualmente en situaciones de vulnerabilidad y riesgo, se puede dimensionar su magnitud teniendo presente que tan sólo en 2021 se registraron 14,385 denuncias (Cluster de Protección, 2022) por delitos contra la niñez, cifra extraordinariamente alta que no incluye la inmensa mayoría de casos que no se denuncian.
Cada uno de las niñas, niños y adolescentes vulnerados, amenazados o violentados requieren de protección, de todas las medidas que pueda tomar el Estado y la sociedad civil para evitar que se profundice su vulneración, recuperar su integridad y restituir integralmente sus derechos. Ser omiso ante la situación que vivo cada niño o actuar sin considerar su interés superior y la protección de sus derechos agudiza su vulneración y pone en riesgo su vida e integridad.
Cuando la violencia es tan grave que es necesario separa a los niños o niñas de sus padres o cuando ellos quedan sin cuidado parental por que fueron abandonados, el Estado se convierte en el principal garante de su bienestar y de sus derechos, como si tratara de un padre o madre sustituto, por lo que debe asegurar a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia que el lugar en el que vivan sea lo más parecido a una familia donde pueda desarrollarse y crecer armónicamente. Sin embargo, la inmensa mayoría de los niños, niñas y adolescentes que requieren de este cuidado viven en instituciones residenciales, en lugar de otras modalidades de cuidado familiar.
Existe evidencia científica de que los niños, niñas y adolescentes que no viven en un entorno familiar tienen más probabilidades de sufrir abusos, negligencia, explotación, falta de estímulos, mala nutrición y estrés tóxico, con repercusiones físicas y psicológicas para toda su vida. También se sabe que en Honduras la mayoría de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales residen en instituciones de cuidado residencial de carácter privado. Esta situación, muchas veces, impide garantizar los derechos y asegurar estándares de protección de la niñez en todas las instituciones de cuidado, y entorpece la capacidad del Estado para supervisar y fortalecer el cuidado residencial.
A pesar de ello, históricamente se ha privilegiado la institucionalización de niñas, niños y adolescentes en residencias privadas en lugar de modalidades de cuidado basadas en entornos familiares y no se han atendido suficiente e integralmente las causas subyacentes de la separación familiar o falta de cuidado parental, a fin de garantizar el derecho de los niños a vivir y desarrollarse en familia. Aunado a ello, la insuficiente supervisión, certificación y registro de todas las IRCA, aunado a las limitadas capacidades para dar seguimiento a la situación en la que se encuentran las y los niños institucionalizados ha generado casos de negligencia, maltrato, abusos sexuales e incluso lamentables muertes.
No se tenía conocimiento del número de instituciones residenciales de cuidado alternativo (IRCA) que existen en el país, ni de los niños, niñas y adolescentes que viven en éstas y a quienes se les debe asegurar sus derechos. Como resultado del Censo Nacional de Niñez en Cuidado Alternativo, por primera vez en su historia, Honduras ahora sabe que existen 136 IRCA y, hasta el levantamiento de la información, que 3,961 niñas, niños y adolescentes se encuentran internados en estos lugares. El próximo jueves 5 de junio se dará cuenta del detalle y análisis de esta información a través del informe de resultados del Censo y se formularán una serie de recomendaciones tendentes a asegurar que el Estado en su conjunto, por medio de la Secretaria de la Niñez, Adolescencia y Familia en corresponsabilidad con las instituciones que conforman el Sistema de Garantía de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, tenga la plena rectoría sobre las instituciones residenciales que tienen bajo su cuidado a los niños y niñas de Honduras.
Por ello, es de reconocer la voluntad política que este gobierno ha tenido para elaborar este Censo y avanzar significativamente en el análisis de la situación de la niñez en cuidado residencial, con el propósito principal de asumir la rectoría del Estado como principal garante de los derechos de la niñez sin cuidado parental, función que se había desdeñado a lo largo de la historia. Esto, implica fortalecer las capacidades de las instituciones para registrar, certificar, apoyar, dar acompañamiento técnico y supervisar a todas las IRCA del país, con el fin de asegurar que las y los niños se encuentren protegidos frente a la violencia, el abuso y la explotación y puedan ejercer plenamente sus derechos, fin último de quienes trabajan loablemente en esta causa.
El Estado de Honduras debe reafirmar que la protección de las y los niños privados de su entorno familiar es una prioridad nacional e implementar en consecuencia las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño formuladas al país y las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños, a fin de que se “Elimine progresivamente la institucionalización y apruebe, sin demora, una estrategia y un plan de acción de desinstitucionalización, garantizando que cuenten con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su aplicación e incluyan medidas para la transformación sistémica de los mecanismos de atención, bienestar y protección de la infancia”.
Sin duda, la mayoría de las instituciones residenciales de cuidado alternativo hacen una labor encomiable para proteger y cuidar a las y los niños y, por ende, resulta necesario regular, fortalecer y contribuir a su misión, pero al mismo tiempo avanzar gradualmente en el fortalecimiento de la reintegración familiar y el acogimiento en modalidades de cuidado en entornos familiares, como las familias de protección temporal.
Todas y todos los actores debemos tener presente que ante cualquier interés y postura en este asunto debemos revisar cada caso, cada historia de cada niño, niña y adolescente que se encuentra privado de su entorno familiar y asegurar que su permanencia en instituciones de cuidado residencial sea efectivamente la mejor opción que podemos ofrecerle para respetar su vida e integridad, porque detrás de cada uno de ellos hay dolor y esperanza, hay familias que esperan reencontrarse, hay una vida en sí misma que espera que actuamos con dignidad y congruencia.