Aplicación y seguimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño
Convertir los principios de los derechos del niño en acciones y resultados

La Convención sobre los Derechos del Niño debe ser el principal referente y la inspiración de todas las medidas gubernamentales relacionadas con la infancia. Al ratificar la Convención, los Estados se comprometen a adoptar “todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean apropiadas” para hacer efectivos los derechos que contiene.
Convertir en realidad los principios de los derechos del niño exige de los gobiernos medidas y capacidad de liderazgo.
La Convención se aplica, sobre todo, a través de la constante supervisión de un equipo independiente de expertos llamado Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Los gobiernos que ratifican la Convención o uno de sus Protocolos Facultativos deben presentar informes al Comité, que consta de 18 expertos en derechos de la infancia de distintos países y sistemas jurídicos. Los Estados Partes designan y eligen a estos expertos, que actúan a título personal y no como representantes de sus países.
Los informes al Comité describen la situación de la infancia en el país y explican las medidas que el Estado ha tomado para satisfacer sus derechos. El Estado presenta los informes dentro de los dos años siguientes a la ratificación y cada cinco años a partir de entonces. El Comité ha adoptado directrices relativas a los datos que los Estados deben proporcionar en sus informes de aplicación.
Al analizar los informes de los Estados, el Comité examina la forma en que los gobiernos establecen y observan las normas para la realización y la protección de los derechos de los niños, tal como se expone en la Convención y el Protocolo Facultativo. Además de estos informes periódicos, el Comité puede solicitar información adicional o informes complementarios.
En sus exámenes, el Comité ofrece recomendaciones a los Estados respecto de la aplicación y el mejoramiento, aspectos que verifica la siguiente vez que se examina al país. El Comité exhorta a todos los sectores del gobierno a guiarse por la Convención al formular políticas y leyes, a fin de:
- Desarrollar un amplio programa nacional.
- Crear organismos o mecanismos permanentes para facilitar la coordinación, el seguimiento y la evaluación de las actividades en todos los sectores del gobierno.
- Velar por que todas las medidas legislativas sean totalmente compatibles con la Convención y, cuando proceda, con los Protocolos Facultativos, incorporando las disposiciones en las leyes nacionales y asegurando que tengan prioridad en caso de conflicto con la legislación nacional.
- Involucrar a los niños en los procesos de formulación de políticas en todas las esferas gubernamentales, mediante evaluaciones de los efectos que las medidas tienen en ellos.
- Analizar el gasto del gobierno para determinar la proporción de los fondos públicos que se utilizan en los niños, y garantizar que esos recursos se empleen de manera efectiva.
- Procurar que se reúnan suficientes datos y se usen para mejorar la situación de todos los niños en todas las jurisdicciones.
- Crear conciencia y difundir información sobre la Convención y los Protocolos Facultativos, y capacitar a todas las personas que participan en la formulación de políticas gubernamentales y trabajan con los niños o para ellos.
- Promover la participación de la sociedad civil –incluidos los propios niños– en el proceso de aplicación y fomentar la toma de conciencia sobre los derechos de la infancia.
- Crear oficinas nacionales independientes –defensores del pueblo, comisiones, centros de coordinación en las instituciones nacionales de derechos humanos o en otras instituciones– a fin de promover y proteger los derechos de los niños.
Los Estados Partes en los Protocolos Facultativos de la Convención deben asumir muchas de las mismas directrices, al igual que los requisitos específicos de los Protocolos. Por ejemplo, el Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía exige que los Estados brinden servicios jurídicos y de otro tipo a las víctimas, y pide expresamente la cooperación internacional para prevenir y castigar estos abusos.
La participación de organizaciones no gubernamentales
Las organizaciones no gubernamentales desempeñan una función de suma importancia tanto en la tarea de concienciar a la opinión pública acerca de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus objetivos, como en la de facilitar su aplicación. La Convención reconoce estas aportaciones invitando a las organizaciones no gubernamentales a que participen en el proceso de presentación de informes y verificación, un hecho sin precedentes entre los tratados de derechos humanos. Se insta a los gobiernos a que vinculen a todos los sectores de la sociedad en la elaboración de los informes. Algunos gobiernos consultan extensamente con las organizaciones no gubernamentales durante el proceso de presentación de informes, e incorporan sus aportes en los informes que presentan al Comité, pero las organizaciones no gubernamentales y las coaliciones pueden y deben preparar informes alternativos para la consideración del Comité.
El papel de UNICEF en el proceso de verificación
La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer tratado de derechos humanos que otorga una función en el proceso de su aplicación a un organismo especializado de las Naciones Unidas: UNICEF. En virtud de la Convención, UNICEF tiene derecho a estar presente durante la verificación que efectúa el Comité a la aplicación de la Convención en un país determinado. También puede ser invitado a ofrecer asesoramiento especializado y a presentar informes. Además, el Comité puede pedir al Estado que recurra a UNICEF en busca de asistencia y asesoramiento técnicos.
Conoce más acerca de la función que desempeña UNICEF en la Convención.