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No hay excusas

La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes es una violación fundamental de los derechos del niño. ​

Pieza publicitaria que imita foto de hombre detenido con un cartel colgando de su cuello que lee "Natalia 16 años". A la derecha del hombre se lee "No sabía que era menor. No hay excusas. Explotar sexualmente a niñas, niños y adolescentes es un delito. Informate y denunciá al (teléfono) 100". Firman INAU, Conapees y UNICEF.

En el contexto de la emergencia sanitaria, y sus consecuencias en la interrupción de algunos servicios sociales y restricción de los desplazamientos, muchas niñas, niños y adolescentes están más expuestos a ser víctimas de explotación, violencia y abuso.

En este marco, y a raíz de los recientes casos que vienen siendo investigados por la justicia, INAU, CONAPEES y UNICEF deciden relanzar No Hay Excusas, una campaña que busca visibilizar el fenómeno de la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes, desnaturalizarlo y motivar una postura de condena en la sociedad en general, informando, desarticulando los mitos e invalidando las excusas en torno al fenómeno.

¿Qué es la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes?

Es una violación de los derechos de niñas, niños y adolescentes que refiere a su utilización en actividades sexuales, eróticas o pornográficas para la satisfacción de los intereses o deseos de una persona o grupo de personas, a cambio de un pago o promesa de pago económico, en especie o de cualquier tipo, para la niña, niño o adolescente, para una tercera persona o para varias.  Los niños, niñas y adolescentes víctimas son tratados como un objeto sexual y una mercancía. La explotación sexual comercial constituye un delito, una forma de coerción y violencia, que puede implicar el trabajo forzoso y formas contemporáneas de esclavitud.  

La explotación sexual comercial atenta contra la dignidad, la vida y el desarrollo de niñas, niños y adolescentes. No es posible considerar la posibilidad de consentimiento o responsabilidad por parte de las víctimas. No hay excusas. El desconocimiento de la edad, la vestimenta o la apariencia de la niña, niño o adolescente no son argumentos válidos para justificar estos comportamientos. 

Los responsables de que este fenómeno exista y se siga reproduciendo son las personas adultas, ya sea desde la promoción, el consumo, la tolerancia, el silencio o la no reprobación.  

Quienes explotan no son solamente los proxenetas que someten a niñas, niños o adolescentes, sino también cualquier persona que los utilice en actividades sexuales, eróticas o pornográficas para la satisfacción de sus intereses o deseos, o los de una tercera persona. El adulto que paga por actividades sexuales con niñas, niños y adolescentes, el explotador (mal llamado cliente), es responsable del delito. 

La normativa nacional, a través de las leyes n.° 17.815 “Violencia sexual comercial o no comercial cometida contra niños, adolescentes e incapaces” y n.° 19.643 “Prevención y combate a la trata de personas” penan estos tipos de violencia como delitos y penalizan al explotador. 

Dada la complejidad del problema, no es posible aportar cifras exactas, sin embargo, distintas investigaciones cualitativas, han mostrado que  en Uruguay la explotación sexual comercial infantil existe en sus distintas modalidades, utilización de imágenes en pornografía y actos sexuales remunerados o con promesa de remuneración. 

En 2019, los dispositivos de INAU, responsables de la atención de los casos de niños, niñas y adolescentes que viven situaciones de explotación sexual comercial, registraron un total de 209 situaciones en todo el país y unas 72 en el primer cuatrimestre del año 2020.  

Esta campaña busca colocar públicamente a la explotación de niñas, niños y adolescentes como una problemática social, económica y cultural, que afecta significativamente sus derechos. 

Excusas y mitos

El hecho de que el fenómeno de la explotación sexual esté invisibilizado, permite que en la conciencia social se generen una serie de mitos que son utilizados por quienes incurren en estas prácticas con niñas, niños o adolescentes, como excusas para justificar sus actos. Según investigaciones  realizadas en Uruguay, estas son algunas de las excusas más comúnmente utilizadas:​

“No sabía que era menor” 

La realidad: muchos adultos utilizan el pretexto del aspecto físico (maquillaje, vestimenta) y el desconocimiento de la edad de la persona a quien van a pagarle por sexo para justificar sus actos. Estos adultos, por más que pretendan excusarse, están cometiendo un delito y son los únicos responsables por ello. 

“Ella lo necesita y yo la ayudo” 

La realidad: estas personas están aprovechándose de la situación de vulnerabilidad que tienen estos niños, niñas o adolescentes para gratificarse sexualmente mediante el uso de su poder económico. 

“Hay gurisas que aparentan más edad, y con eso te engañan” 

La realidad: independientemente del aspecto físico de las niñas y adolescentes, los adultos son los únicos responsables de estar en conocimiento de su edad. No existe el engaño. Se trata de niños, niñas y adolescentes que son explotados por adultos. 

“Ella me provocó” 

La realidad: aunque el adulto crea que niñas, niños o adolescentes consienten esta actividad, ellos siempre son las víctimas. Su aparente “voluntariedad” no es una excusa legítima. Los adultos son responsables por sus propios actos. 

“La explotación sexual comercial ocurre solo con niñas adolescentes del sexo femenino” 

La realidad: los niños y adolescentes varones, aunque en menor proporción que las niñas y adolescentes mujeres, también son víctimas de explotación sexual. 

“Las y los adolescentes son prostituidos porque les gusta y eligieron ese trabajo” 

La realidad: la explotación sexual comercial infantil es una violación a los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes. No es un trabajo. No están ahí porque quieren o porque les gusta, son víctimas de una forma moderna de esclavitud y requieren protección. 

“Los clientes son normalmente enfermos psiquiátricos o personas en edad avanzada” 

La realidad: estudios han demostrado que el explotador (mal llamado cliente) puede ser una persona adulta de cualquier edad y que no presentan, en su mayoría, ningún trastorno mental. 

“La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes solo ocurre en un ambiente de extrema pobreza” 

La realidad: puede ocurrir en cualquier estrato socioeconómico. 

“Existen pocos casos de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes” 

La realidad: al ser un delito que se comete en la clandestinidad, la magnitud de esta problemática hace difícil su cuantificación. Además, es muy poco denunciado y, en muchos casos, ni siquiera es percibido como un delito. 

Denunciá

En conocimiento de un caso de explotación sexual comercial o su presunción, cualquier persona puede realizar la denuncia anónima en la Dirección Departamental del INAU, realizar la denuncia penal en las sedes de Fiscalía o en las unidades Especializadas de Violencia Basada en Género y Generaciones del Ministerio del Interior.

Vías de denuncias y asesoramiento:

  • El INAU recibe denuncias anónimas al teléfono 100, en la Dirección Departamental del INAU de todos los departamentos del interior del país, en las direcciones regionales de Montevideo y en el Centro de Estudio y Diagnóstico de Montevideo.
  • Fiscalía General de la Nación cuenta con un número telefónico de asesoramiento disponible para víctimas y testigos: 091 507 531.
  • Ministerio del Interior, a través de sus unidades Especializadas de Violencia Basada en Género y Generaciones, también son receptoras de denuncias, y en caso de no existir en la localidad debe realizarse con el personal dedicado a la temática de violencia en la seccional.

El Ministerio del Interior y la Fiscalía General de la Nación tienen la competencia sobre la persecución del delito, la administración de la justicia y la protección de las personas, por lo tanto, también son espacios privilegiados para la recepción de las denuncias.

CONAPEES

El CONAPEES  es el Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia. Un órgano intersectorial colegiado cuyo objetivo primordial es planificar y proponer una política de carácter público y de diseño focalizado en el área de la explotación sexual de la niñez y la adolescencia. 

Fue creado en el año 2004 por decreto presidencial y funciona en la órbita del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, quien ejerce la presidencia y la secretaría administrativa. 

Actualmente, está integrado por INAU, Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Turismo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Administración Nacional de la Educación Pública, el Consejo Asesor y Consultivo del Directorio del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay y  organizaciones representantes de la Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales (ANONG), un representante del Instituto Interamericano del Niño (IIN) y otro de UNICEF, como organismos asesores. Además, pueden participar como invitados la Suprema Corte de Justicia, la Universidad de la República, y la Fiscalía General de la Nación.  

El Plan Nacional de Acción 2016-2021 detalla un conjunto de 100 acciones acordadas para avanzar en la erradicación de la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes, en línea con las normas vigentes en Uruguay y los compromisos asumidos a nivel internacional.