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Protocolo de la procuraduría general de la nación

Para la atención a niñas, niños y adolescentes extranjeros no acompañados.

Protocolo de la procuraduría General de la nación
Procuraduría General de la nación

Puntos destacados

La Procuraduría de la Niñez y la Adolescencia –PNA- de la Procuraduría General de la Nación –PGN-, con base al Artículo 10 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, reconoce el derecho a la igualdad, y que los derechos establecidos en dicha ley son aplicables a toda Niña, Niño y Adolescente –NNA-, sin discriminación alguna, no importando su origen nacional o cualquier otra índole o condición de éstos, de sus padres, familiares, tutores o personas responsables, además en los Artículos 57 y 58, reconoce la protección de los –NNA- extranjeros que se encuentran en territorio guatemalteco garantizando la protección y asistencia humanitaria adecuada para el disfrute de los derechos plasmados en la Constitución Política de la República de Guatemala, la legislación interna y los convenios, tratados, pactos y demás instrumentos internacionales en materia de derechos humanos aceptados y ratificados por Guatemala, por lo que realiza acciones encaminadas a la protección integral de los mismos.

Protocolo de la procuraduría general de la nación
Autor
Procuraduría General de la Nación.
Fecha de publicación
Idiomas
Español

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