Habilidades para la vida. Herramientas para el #BuenTrato y la prevención de la violencia
Descubre como ofrecer algunas herramientas de habilidades fundamentales para alcanzar y mantener un estilo de vida saludable por medio de la práctica de estrategias de comunicación asertivas
Puntos destacados
La Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1999, define las habilidades para la vida o competencias psicosociales como “la habilidad de una persona para enfrentarse exitosamente a las exigencias y desafíos de la vida diaria”. Estas habilidades, se adquieren en el trayecto de nuestras vidas a través de la experiencia directa, por medio de un entrenamiento intencional, mediante el modelado o la imitación.
Las habilidades para la vida de cada persona están compuestas por sus reacciones habituales y por las pautas de conducta que ha generado durante el proceso de aprendizaje de conocimientos específicos, desarrollo de sus potencialidades y habilidades requeridas para una adecuada participación en la vida social.
Mantener una actitud positiva, realista y perseverante, comunicarse de una forma asertiva, construir caminos para un proyecto de vida, la búsqueda para el encuentro de cambios novedosos y elevar el crecimiento personal, serán entre otras, algunas estrategias que lleven por el camino del éxito y alcanzar las metas deseadas, pensando que siempre habrá otra y nunca un final.
Este material ha sido diseñado con el propósito de ofrecer algunas herramientas de habilidades fundamentales para alcanzar y mantener un estilo de vida saludable por medio de la práctica de estrategias de comunicación asertivas, el aprendizaje acerca de un apropiado manejo de las emociones y el uso de conocimientos y habilidades apropiadas para la resolución de conflictos.
Todo ello, con el propósito de sensibilizar, informar, formar, educar, promover, y generar compromisos en las familias, cuidadores, maestros, niños, niñas, adolescentes y en la comunidad, en el uso de prácticas y actitudes dirigidas a la no violencia, a la paz, el respeto al Derecho al Buen Trato establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Art 32).