Denuncia de irregularidades
Cómo denunciar una sospecha de mala conducta, fraude, abuso u otro tipo de irregularidad
La Oficina de Auditoría Interna e Investigaciones (OAII) lleva a cabo investigaciones que implican al personal de UNICEF, a los consultores, al personal que no es de plantilla y a los contratistas institucionales. Las investigaciones de la OAII abarcan todas las formas de mala conducta, incluyendo, entre otras: fraude; corrupción; acoso en el lugar de trabajo; acoso sexual; explotación y abuso sexual; abuso de autoridad; o incumplimiento de los reglamentos, reglas, disposiciones administrativas pertinentes y normas de conducta prescritas.
La Oficina de Ética es una oficina independiente que recibe y lleva a cabo la revisión principal de la protección contra represalias (protección de denunciantes) y proporciona asesoramiento y orientación confidencial sobre cuestiones éticas relacionadas con UNICEF.
Si desea denunciar una irregularidad, sírvase dirigirse a la Oficina de Auditoría Interna e Investigaciones (OAII) de UNICEF:
Por correo electrónico: integrity1@unicef.org
Por correo postal: Toda correspondencia se debe marcar como “Privada y Confidencial” y dirigirla a:
Director - Office of Internal Audit and Investigation (OIAI) - Investigations Section
United Nations Children's Fund
Three United Nations Plaza
New York, New York - 10017 USA
Si solicita protección contra las represalias (protección de los denunciantes), o si necesita asesoramiento y orientación confidencial sobre cuestiones relacionadas con la ética, póngase en contacto con la Oficina de Ética de UNICEF.
Por correo electrónico: ethics@unicef.org
Por correo postal:
Director - Ethics Office
United Nations Children's Fund
Three United Nations Plaza
New York, New York - 10017 USA
Consulte también la Política de UNICEF sobre la protección de represalias contra los denunciantes de irregularidades y el boletín del Secretario General de las Naciones Unidas, “Aplicación de normas éticas en todo el sistema de las Naciones Unidas: órganos y programas administrados por separado” (ST/SGB/2007/11, de 30 de noviembre de 2007) y la enmienda relacionada (ST/SGB/2007/11/AMEND.1).