La protección de la infancia
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Niño con un AK-47 en un camión
en Sana'a (Yemen)
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En mayo de 2000, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó
dos normas internacionales de protección de la infancia
que se encuentran entre las más exigentes: los Protocolos
facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Seis años después de las negociaciones, en las que
participaron gobiernos, ONG y organismos de las Naciones Unidas,
estas enmiendas de la Convención se centraban en dos penosas
afrentas que sufre la infancia: la participación de niños
en los conflictos armados y la venta de niños, la prostitución
infantil y la utilización de niños en la pornografía.
En vista de que se estima que 300.000 niños intervienen
en combates, el Protocolo facultativo relativo a la participación
de niños en los conflictos armados hace hincapié
en que se ha establecido en 18 años la edad mínima
de reclutamiento obligatorio. El 3 de agosto, 81 países
habían firmado este protocolo y otros cuatro lo habían
ratificado.
Cerca de 1 millón de niños, la mayoría
de ellas niñas, sufren degradaciones y ponen sus vidas
en peligro a causa del comercio sexual. El Protocolo facultativo
relativo a la venta de niños, la prostitución infantil
y la utilización de niños en la pornografía
hace hincapié en el carácter delictivo de estos
abusos, en el aumento de la conciencia pública y en la
cooperación internacional para detener estas atrocidades.
El 3 de agosto, 74 países habían firmado el protocolo
y cuatro países lo habían ratificado.
Estos dos protocolos representan un avance espectacular en el
ámbito de los derechos de la infancia. Se necesitan diez
ratificaciones para que cada protocolo adquiera carácter
jurídicamente vinculante.
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