![]() |
| © UNICEF/ HQ05-1582/Pirozzi |
| Una trabajadora de la salud (derecha) explica el proceso de vacunación contra la poliomielitis en un centro de salud de Egipto. El gobierno de Egipto ha logrado progresos en la reducción de la mortalidad en la primera infancia, con tasas de vacunación de más de un 95% desde 1996. |
Convertir en realidad los principios que sustentan los derechos de la infancia exige que los gobiernos tomen medidas y muestren su capacidad de liderazgo. Al ratificar la Convención, los estados se comprometen a tomar "todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos" en la Convención y a presentar informes sobre tales medidas al Comité de los Derechos del Niño, el organismo de expertos encargados de verificar la aplicación de la Convención por parte de los Estados. Para obtener más información sobre el Comité, véase la página “Verificación” en esta sección.
Aunque no existen medidas acertadas o equivocadas en materia de implementación, la Convención debe ser el punto de referencia y la inspiración de las acciones que se tomen en todas las esferas gubernamentales. En sus análisis de los informes de los Estados, el Comité exhorta a todas las esferas gubernamentales a que utilicen la Convención como una pauta para formular políticas y legislar, con el fin de:
Los Estados parte de los Protocolos Facultativos de la Convención tienen que asumir las mismas directrices, y también los requisitos específicos de los Protocolos. Por ejemplo, los Estados parte del Protocolo Facultativo sobre la participación de los niños en los conflictos armados deben también llevar a cabo medidas para asegurar que los individuos menores de 18 años no participan en conflictos armados.
Esta obligación se aplica a las medidas sobre las personas de 16 a 18 años en las fuerzas armadas. También se aplica a las medidas jurídicas para prohibir que los grupos armados independientes recluten y utilicen en los conflictos a niños y niñas menores de 18 años.
El Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía exige que los Estados ofrezcan servicios jurídicos y de otro tipo a las víctimas menores de edad y alienta concretamente la cooperación internacional para evitar y castigar estos abusos.
Convención y Protocolos en favor de la infancia
Documento (en inglés)
Definición de términos importantes [pdf]
Reportajes fotográficos (en inglés)