Políticas y Asociaciones a favor de los Derechos de la Niñez

Políticas Públicas e Inversión Social en la Infancia

Derechos de la Niñez

Iniciativa Municipios Amigos de la Niñez

Sistemas de Información y Estadísticas

 

Inician Campaña "Yo Tengo Derecho a una Identidad"

Santo Domingo.-  El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ), en coordinación con el Congreso Nacional y la Comisión para la Ejecución de la Justicia de Niños, Niñas y Adolescentes (CEJNNA), presentó recientemente la campaña “Yo tengo derecho a una identidad”, a la vez que puso en circulación la Ley  218-07 de Amnistía de Declaración Tardía de Nacimiento.

El objetivo de la campaña es promover la aplicación de la ley  para que todos los niños, niñas y adolescentes que a nivel nacional carezcan de su acta de nacimiento puedan ser inscritos en el registro civil correspondiente, como apela parte de la promoción: que tengan la posibilidad de “volver a nacer”.

En el contexto legal,  la actividad se enmarca en la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos, en particular en su artículo 3, que señala que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica; en el artículo 7 de la Convención de los Derechos del Niño y también en el artículo 4 de la Ley 136-03, al establecer que se tiene derecho a un nombre y a una nacionalidad inmediatamente después del nacimiento.

Asimismo, en el Considerando Séptimo de la Ley 218-07 se cita que según “el informe rendido por el Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales de la República Dominicana, un 19.9% de la población menor de 16 años en nuestro país no posee acta de nacimiento.”

El licenciado Alejandro Moscoso Segarra, comisionado de Justicia y el licenciado Francisco Domínguez Brito, Senador de la República por la provincia de Santiago y promotor de la referida ley en el Congreso, tuvieron a su cargo las palabras centrales del acto, que fue celebrado en el instituto politécnico Santa Ana, en Gualey, Distrito Nacional con la participación de niños, niñas y adolescentes, así como algunas madres.

También estuvieron en la presidencia del acto la señora Kyrsis Fernández, Presidenta del Consejo Nacional para la Niñez (CONANI); la Magistrado Marisol Tobal, Procuradora Adjunta de Niños, Niñas y Adolescentes;  Noemí Méndez, del Centro Dominicano de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL), la señora María Estela Henríquez, directora del centro estudiantil y el joven Mircíades Ventura, presidente del Primer Gobierno Infantil en Gualey.

Además participaron el señor Tad Palac, representante de UNICEF en el país y  María Elena Asuad, Oficial del Programa de Políticas Públicas y Protección de esa organización.

Ley 218-07
Esta ley “Sobre Amnistía de Declaración Tardía de Nacimiento” fue promulgada el 14 de agosto de 2007 y  mediante la misma se concede un periodo de tres años de amnistía para realizar la declaración de nacimiento a todo niño o niña de hasta 12 años inclusive. Igualmente, se establece una amnistía a los adolescentes de 13 a 16 años de edad, cumpliendo con los  requisitos establecidos por esta nueva ley.

A partir de lo establecido por esta ley, la declaración puede ser hecha por el padre y la madre conjuntamente, y debe presentarse al niño o niña ante el Oficial del Estado Civil del domicilio del declarante, conjuntamente con una declaración jurada hecha de manera verbal ante el mismo Oficial del Estado Civil, quien levantará un acta en un libro especial destinado a los fines de la aplicación de la ley.

En el artículo 5 se establece que en caso de que el padre o la madre no tengan Cédula de Identidad y Electoral es necesaria la presencia de dos (2) testigos que posean el indicado documento.

Igualmente en el artículo 11 se establecen  otras disposiciones para el registro de adolescentes entre 13 y 16 años de edad.

En la citada ley también se contempla  que la Secretaría de Estado de Educación adopte las medidas de lugar para permitir que los niños, niñas y adolescentes puedan de manera provisional ser inscritos en el sistema educativo, mientras se cumpla con lo establecido en la misma.  Igualmente, establece penas de prisión y multas a las personas que participen en actividades de alteración u omisión en los registros del estado civil y expedición de partidas de nacimiento con datos falsos.

 

 
unite for children