Protección de los derechos de la niñez

Derecho al nombre

Violencia y maltrato infantil

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Comisión Nacional por los Derechos del Niño

 

Derecho al nombre

© UNICEF/PERA03427

Todos los niños y niñas tienen derecho a una identidad oficial registrada en un certificado de nacimiento, así como el derecho a adquirir una nacionalidad, conocer a sus progenitores y recibir sus cuidados. Sin una inscripción oficial al nacer o sin documentos de identificación, los niños y niñas pueden quedar excluidos del acceso a servicios fundamentales como la educación, la atención de la salud y la seguridad social. Sin la inscripción al nacer, los niños y niñas son invisibles en las estadísticas oficiales.

Para el año 2002, se estimó que en Perú un 18% de los nacimientos, es decir 110 mil 098 niños y niñas, no fueron registrados. Esto fue calculado tomando en cuenta la estimación hecha por el INEI del número de nacimientos ocurridos en ese año (626 mil 714) comparado con el registro de nacimientos de la RENIEC (516 mil 616). Dado que esto se repite cada año, se ha estimado que desde el año 2000 hasta el año 2004, se habría generado 550 mil 490 menores de edad indocumentados. Si además restamos estos resultados al total de la población peruana estimada como menor de dieciocho años, obtenemos que el 5% de los niños y niñas peruanos aún se encontrarían indocumentados.  

Los niños no registrados, suelen ser pasados por alto en la planificación del desarrollo social. Son completamente invisibles a la hora de tomar importantes decisiones políticas y presupuestarias. Y sin un adecuado registro de nacimientos un país no puede ni siquiera estar seguro de cuál es su índice de natalidad o de mortalidad. El certificado de nacimiento es la prueba más visible del reconocimiento legal por parte de un gobierno de la existencia del niño como miembro de la sociedad.

No darle a un niño o niña la posibilidad de saber quién es y de dónde viene marcará por siempre el camino que le tocará transitar en la vida. Será un fantasma de carne y hueso, que no aparece en las estadísticas pero que piensa, siente, razona y reclama. Un ser humano que aunque no figure en los registros tiene el derecho de vivir con dignidad.

© UNICEF/PERA03107

El niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Convención sobre los Derechos del Niño, Artículo 7.

 

 

 

 

Documentos Relacionados

Plan Nacional de Restitución de la Identidad. Documentando a las personas indocumentadas 2005-2009. RENIEC [ PDF ]


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