Menores delincuentes: Deshuesando la solución IVíctor Collado S. Desde la perspectiva jurídica del problema, el pasado día 7 propusimos que, en casos de delitos graves ya definidos en la Ley, se les aplique el mismo procedimiento que rige para los adultos. El "switch" que enciende las luces de la inseguridad ciudadana radica en el hecho de que para los menores delincuentes es más fácil salir que entrar a las cárceles. Las dos leyes que modificaron la Ley 40 de 1999, cambiaron tanto el monto de las penas como el procedimiento; pero ni un cosa ni la otra han producido el resultado de credibilidad en el sistema legal, ni han mejorado los niveles de seguridad ciudadana, porque lo que embellaca a la gente es que el "chiquillo" sale a la calle para reírse de todo el mundo cuando la víctima aún está en pleno novenario. Aclaremos: Lo que proponemos en materia de procedimiento sería aplicable sólo en casos de la comisión de los delitos graves de homicidios dolosos, lesiones personales dolosas gravísimas o con resultado de muerte, robo, secuestro, violación sexual, terrorismo, tráfico de drogas y pandillerismo. Desmenucemos algunos aspectos del procedimiento que deben reconsiderarse: Para investigar los delitos graves, la Ley 15 de 2007 fijó el tiempo en tres meses y el Juez, a petición del Fiscal, podrá extender el plazo sólo hasta por dos meses. Sugerimos que se establezca el mismo plazo vigente para los adultos y que ese plazo se ampliara cuando sea más de uno los imputados.Al final de la investigación la Ley 15 no le da facultad al Fiscal para solicitarle al Juez una ampliación del sumario y en el resto del sistema legal no hallamos que el Juez Penal de Adolescentes tenga expresamente la facultad de ordenar esa ampliación. El Juez apenas tiene la facultad de ordenarle al Fiscal corregir la Vista Fiscal cuando estimare que la apertura del juicio no procede por errores de forma en el escrito de la acusación (Art. 95, Ley 40). Si los delitos de drogas, verbigracia, son tan complejos como se dice, y en los de homicidio se luce la ley del silencio, sobran motivos para establecer explícitamente la posibilidad de ampliar el sumario de los menores delincuentes en caso de delitos graves. http://www.pa-digital.com.pa/diario/opinion-interna.php?story_id=648927
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