
La Infancia en las Instituciones: Argentina y Paraguay


desarrollar otras alternativas para evitarla. En el ámbito penal, la CDN claramente restringe la posibilidad de su aplicación, sólo para casos excepcionales y por el menor tiempo posible.
De esta forma, la institucionalización (hogares de guarda, orfanatos, etc.) debe ser siempre considerada como última medida de protección, y en general, como excepcional y transitoria.
El 13 de julio 2006, Argentina presentó la investigación “Privados de Libertad. Situación de niños, niñas y adolescentes en Argentina”, auspiciada por UNICEF y la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación.
El documento revela que:
Se estima que en América Latina unos 120,000 niños y niñas viven en instituciones. Este dato contradice el derecho que todos los niños tienen a vivir en una familia.
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) no justifica la privación de la libertad como medida de protección de los viejos sistemas tutelares, y obliga al Estado, la comunidad y la familia a
© UNICEF/ J .Varella/ Premio Iberoamericano/ Tercera Convocatoria

En Paraguay, según un censo de niños institucionalizados realizado en el 2006, entre el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y UNICEF, se dio a conocer públicamente que en el país hay:
El Programa Abrazo ofrece en el país apoyo técnico y subsidios a las familias de escasos recursos para evitar que sus hijos e hijas continúen en las calles.
UNICEF aboga para que las autoridades tengan una perspectiva a largo plazo, para evitar que los niños y niñas se queden mucho tiempo en albergues. La infancia que carece de la protección familiar está más expuesta a la discriminación, cuidados inadecuados, malos tratos, abuso sexual y explotación. Estudios indican que el niño/a institucionalizado recibe en menor grado los estímulos y la atención individual necesarios para desarrolla su pleno potencial.